Elección del procedimiento según cuantía
La cuantía reclamada determina el cauce procesal: juicio verbal hasta 6.000 € (arts. 437-447 LEC), juicio ordinario por encima de 6.000 € (arts. 399-436 LEC), o proceso monitorio para cualquier cuantía si se dispone de documento acreditativo de la deuda (art. 812 LEC). Nuestro sistema identifica automáticamente el procedimiento más ventajoso.
Prescripción: 5 años
Desde la reforma por Ley 42/2015, las acciones personales para reclamar deudas prescriben a los 5 años (art. 1964.2 CC). Es fundamental verificar que la acción no ha prescrito antes de demandar. Un requerimiento extrajudicial (burofax) interrumpe la prescripción y reinicia el cómputo.
¿Qué incluye el borrador?
- Demanda completa con hechos, fundamentos de derecho y suplico
- Identificación del procedimiento adecuado (monitorio/verbal/ordinario)
- Cálculo de intereses legales y de demora (art. 1108 CC, art. 576 LEC)
- Solicitud de condena en costas (art. 394 LEC)
- Jurisprudencia aplicable al caso concreto
- Relación de documentos a acompañar (otrosíes)
Requisito previo: MASC (desde abril 2025)
Desde la entrada en vigor de la LO 1/2025, es obligatorio intentar un medio adecuado de solución de controversias (mediación, conciliación o negociación) antes de presentar la demanda civil. Sin este requisito de procedibilidad, la demanda puede ser inadmitida.
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Sujeto a disponibilidad. Consulte condiciones en el formulario.
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